Guía de ayuda

¿Qué son los GDR?
¿A qué GDR pertenece mi ayuntamiento? 
¿Qué presupuesto tiene la última convocatoria de ayudas Leader? 
¿Qué cantidad le corresponde al GDR de mi zona?
¿Quién puede solicitar las ayudas?
¿Cuál es el plazo y el período de presentación de solicitudes?
¿Qué tipo de proyectos pueden obtener ayuda? 
¿Qué puede ser subvencionable dentro de mi proyecto?
¿Cómo puedo presentar mi proyecto?
¿Cómo se seleccionan los proyectos presentados?
¿Qué sucede si se agota el crédito en una convocatoria y mi proyecto tuvo una calificación favorable pero no resulta elegido? 
¿Esta subvención es compatible con otras ayudas?
¿Cuál es el plazo para ejecutar el proyecto?
¿Puedo solicitar una prórroga del plazo de ejecución?
¿Puedo renunciar o desistir de la ayuda concedida?
¿Qué obligaciones tengo una vez cobrada la subvención?
¿Puedo modificar mi proyecto una vez concedida la ayuda?
¿Por qué causa estaría obligado a devolver la totalidad o parte de la subvención? ¿En qué casos se puede efectuar un reintegro de la subvención concedida?
¿Cómo realizo la justificación de las inversiones para presentar la solicitud de pago?
¿Puedo solicitar una ayuda para gastos o inversiones que ya están iniciadas en el momento de la solicitud?
Si mi proyecto está relacionado con la actividad turística, ¿qué tengo que hacer?
¿Pueden subvencionarse fases de un proyecto?

 

¿Qué son los GDR?

Los Grupos de Desarrollo Rural (GDR) son entidades que colaboran en la gestión de la medida LEADER de la Unión Europea, que se aplica en zonas rurales con fondos FEADER. Los  GDR están constituidos por una asociación o Grupo de Acción Local que agrupa a organismos públicos (ayuntamientos), y colectivos de representación social, vecinal, empresarial, asociaciones, etc. del territorio que abarca el  GDR.

Están dotados de un equipo técnico (gerencia, técnicos, administrativos…), y también de órganos decisorios (asamblea general, junta directiva o equivalentes). Cada uno de los 24  GDR constituidos en Galicia elabora una estrategia de desarrollo para su territorio, dentro de los criterios establecidos en la medida Leader, y en este caso en el marco del Plan de Desarrollo Rural de Galicia (PDR 2014-2020).

 

¿A qué GDR pertenece mi ayuntamiento?
 

 

¿Qué presupuesto tiene la última convocatoria de ayudas Leader?

Publicada en el Diario Oficial de Galicia el 29 de diciembre, la Resolución de 26 de diciembre de 2022 por la que se convocan subvenciones para la ejecución de proyectos al amparo de la submedida 19.2 (apoyo para la realización de operaciones conforme la estrategia de desarrollo local participativo) de la medida Leader del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural.

Para la convocatoria bianual de proyectos Leader 2023-2024 se destinan más de 15 millones de euros distribuidos en dos anualidades:

· 2023:  3.059.886,80 €
· 2024:  12.227.547,54 €

 

¿Qué cantidad le corresponde al GDR de mi zona?

Distribución por GDR para la financiación de la submedida 19.2 de Leader (apoyo para la realización de operaciones conforme a la estrategia de desarrollo local)
Convocatoria 2023-2024 Número y nombre del GDR  Anualidad 2023 (€) Anualidad 2024 (€) Suma anualidades 
2023 y 2024 (€)
GDR 01: Terras de Miranda  111.605,48 446.421,92 558.027,40
GDR 02: Terra Cha  148.452,08 593.808,32 742.260,40
GDR 03: Montes e vales orientais  172.829,06 691.316,24 864.145,30
GDR 04: Comarca de Lugo 113.397,85 453.591,41 566.989,27
GDR 05: Miño Ulla  130.087,21 520.348,85 650.436,07
GDR 06: Ribeira Sacra Courel  162.699,36 650.797,45 813.496,82
GDR 07: Valdeorras 132.266,47 529.065,87 661.332,34
GDR 08: Sil Bibei Navea  168.558,16 674.232,64 842.790,80
GDR 09: Monteval  128.148,88 512.595,53 640.744,41
GDR 10: A Limia Arnoia  142.078,58 568.314,34 710.392,92
GDR 11: Adercou  113.397,85 453.591,41 566.989,27
GDR 12: Carballiño Ribeiro  120.921,21 483.684,83 604.606,03
GDR 13: Condado Paradanta  111.605,48 446.421,92 558.027,40
GDR 14: Galicia Suroeste Eurural  112.861,25 451.445,01 564.306,26
GDR 15: Pontevedra Morrazo  116.716,01 466.864,05 583.580,07
GDR 16: Pontevedra Norte  137.807,69 551.230,74 689.038,43
GDR 17: Salnés Ulla Umia  111.605,48 446.421,92 558.027,40
GDR 18: Deloa  111.605,48 446.421,92 558.027,40
GDR 19: Terras de Compostela  111.605,48 446.421,92 558.027,40
GDR 20: Ulla Tambre Mandeo  121.129,28 484.517,10 605.646,38
GDR 21: Ordes  112.105,63 448.422,53 560.528,16
GDR 22: Costa Morte  126.320,06 505.280,25 631.600,31
GDR 23: Mariñas Betanzos   117.252,61 469.010,45 586.263,07
GDR 24: Seitura 22  121.830,14 487.320,57 609.150,71
Importes totales 3.056.886,80 12.227.547,20 15.284.434,00

 

¿Quién puede solicitar las ayudas?

· Las personas físicas o jurídicas de carácter privado
· Las entidades públicas de carácter local o comarcal: ayuntamientos, mancomunidades, consorcios y entidades dependientes de las anteriores
· Las comunidades de montes vecinales en mano común y sus mancomunidades

Más información:  artículo 3 de las Bases

 

¿Cuál es el plazo y el período de presentación de solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes que concurrirán en esta convocatoria finalizará el 31 de enero de 2023.

 

¿Qué tipo de proyectos pueden obtener ayuda?

Los proyectos deben estar localizados en el ámbito territorial del GDR, ser viables técnica y financieramente (si son de naturaleza productiva también deben ser viables económicamente), cumplir con la normativa sectorial aplicable, no estar iniciados en el momento de la presentación de la solicitud de subvención, y tener encaje en la estrategia de desarrollo que aprobó cada GDR.

Se consideran proyectos productivos aquellos que supongan una actividad económica con fin lucrativo para la producción de bienes y/o servicios, y que conlleve la creación y/o mantenimiento del nivel de empleo.

La intensidad de la ayuda se situará en un mínimo del 15 % y en un máximo del 50 % de la inversión total subvencionable. El importe de ayuda estará limitado a un máximo de 200.000 €.

Por otro lado, serán considerados como proyectos no productivos aquellos que tengan un interés público o colectivo y no supongan el inicio o desarrollo de una actividad económica con finalidad lucrativa (dirigidos a entidades públicas y entidades privadas sin ánimo de lucro).

La intensidad de la ayuda se situará entre un mínimo del 30 % y un máximo del 100 % de la inversión total subvencionable. El importe de ayuda estará limitado a un máximo de 200.000 €, no obstante podrán alcanzarse los 250.000 € en caso de que el proyecto no deba ampararse en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a las ayudas de minimis y siempre que Agader lo autorice expresamente.

 

¿Qué puede ser subvencionable dentro de mi proyecto?

Bajo determinadas condiciones descritas en el artículo 4 del Anexo 1 de la Resolución de 13 de diciembre de 2019 por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas que se tramiten al amparo de la medida Leader (D.O.G. nº 246/2019 de 27 de diciembre), son subvencionables:

a. La construcción, adquisición y mejora de inmuebles que vayan a ser empleados en el proyecto. En el caso de adquisición de inmuebles, hasta el 50 % del total de los gastos subvencionables
b. La adquisición de terrenos hasta el límite del 10 % del total de los gastos subvencionables
c. La adquisición de maquinaria y equipamiento nuevos
d. Las inversiones intangibles como la adquisición y el desarrollo de programas informáticos, así como la creación de páginas web, estudios y publicaciones
e. Los costes generales vinculados a los gastos de inversión del proyecto, tales como honorarios a técnicos y asesores, hasta el 12 % del coste total subvencionable
f. Los gastos notariales y registrales derivados del inicio de la actividad, así como la adquisición de patentes y licencias, derechos de autor y marcas inscritas. La suma de los gastos de los puntos "e" y "f" no podrá superar el 20 % del total de los gastos subvencionables del proyecto
g. Los medios y equipos de transporte, según sea la naturaleza del proyecto

 

¿Cómo puedo presentar mi proyecto?

Dirigiendo una solicitud de ayuda al GDR correspondiente al territorio en el que se vaya a ejecutar el proyecto, según modelo normalizado que se incorpora las bases reguladoras como anexo II (enlace bases).

Las solicitudes deberán presentarse por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia,  https://sede.xunta.gal  junto con la documentación requerida. 

Más información: artículo 9 de las Bases.

Recuerda que, ante cualquiera duda o consulta previa, puedes ponerte en contacto con el personal de tu GDR, donde recibirás una completa información.

 

¿Cómo se seleccionan los proyectos presentados?

Cada GDR tiene establecida en su estrategia de desarrollo un procedimiento de selección y priorización de proyectos con su correspondiente puntuación.

Una vez admitida la solicitud, el equipo gestor del GDR procede su tramitación y emite los informes de viabilidad, capacidad, y de la solvencia técnica, financiera y económica del promotor, para seguidamente ser verificados por la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Agader).

Una vez devuelta esa verificación, la directiva de cada GDR propone cuáles son los proyectos a aprobar por orden de puntuación, hasta el límite máximo de crédito disponible para cada medida de ese GDR. Asimismo, también tienen encomendadas las funciones de control y seguimiento de la ejecución de los proyectos subvencionados.

Finalmente, Agader es el órgano administrativo que emite las resoluciones definitivas para la concesión o denegación de las ayudas.

 

¿Qué sucede si se agota el crédito en una convocatoria y mi proyecto tuvo una calificación favorable pero no resulta elegido? 

Una vez que cuentan con los informes de control y verificación favorables, la elegibilidad de los proyectos depende de la puntuación obtenida en función de los baremos y criterios establecidos en la propia estrategia de cada GDR.

Agotado el crédito, puede haber una lista de espera para los proyectos ya verificados por Agader que no habían alcanzado la puntuación suficiente. Esta lista de espera permite relevar a aquellos proyectos propuestos por el GDR que habían podido decaer por desistimiento, renuncias, o pérdida de derecho, y de no producirse estos casos, tu proyecto podrá entrar en la siguiente convocatoria.

 

¿Esta subvención es compatible con otras ayudas?

Sí, siempre que las otras ayudas no tengan fondos comunitarios (UE), o teniéndolos no se refieran a las mismas partidas, y en su conjunto no superen el 100% del coste del proyecto para lo cual se solicita la ayuda.

En todo caso, la persona promotora tiene el deber de comunicar la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos públicos o privados que financien las operaciones subvencionadas, en el momento en que se conozca, y siempre, con anterioridad a la justificación de la aplicación de los fondos percibidos.

 

¿Cuál es el plazo para ejecutar el proyecto?

El plazo máximo para ejecutar el proyecto será lo que se determine en la resolución de concesión de la ayuda, no pudiendo exceder en ningún caso de 18 meses.

 

¿Puedo solicitar una prórroga del plazo de ejecución?

Si por algún motivo te ves en el deber de solicitar una ampliación del plazo de ejecución y justificación, por modificaciones en el presupuesto del proyecto, o en su financiación, podrás solicitar a Agader, a través del GDR, una prórroga antes del final del plazo de justificación, acompañando una memoria justificativa de la situación actual del proyecto, causas del retraso en la ejecución y previsión y plazos de finalización. 

La prórroga no podrá ser superior a la mitad del plazo concedido inicialmente, y su concesión es potestativa por parte de Agader, dependiendo del calendario de gestión y de las disponibilidades presupuestarias del programa Leader de Galicia.

 

¿Puedo renunciar o desistir de la ayuda concedida?

En cualquier momento de la tramitación del expediente, y en todo caso antes de la finalización del plazo de ejecución del mismo que establezca la resolución de concesión de la ayuda, se puede desistir o renunciar a la ayuda solicitada, a través de tu GDR mediante los documentos normalizados de desistimiento o renuncia.

 

¿Qué obligaciones tengo una vez cobrada la subvención?

· Respetar el destino de la inversión, por lo menos, durante los 5 años posteriores a la fecha de la resolución de pago final
· Mantener los empleos consolidados durante los 5 años posteriores a la fecha de la resolución de pago final del proyecto
· Mantener durante los 5 años posteriores a la fecha de la resolución de pago final del proyecto los empleos que tenga la obligación de crear, según la valoración alcanzada en relación con este punto en los criterios de selección
· Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, por lo menos, durante el período de permanencia de las inversiones y está obligado a facilitar la  información que le requiera Agader y a someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero de los órganos competentes
· Llevar un sistema de contabilidad, y disponer de los libros contables, registros  diligenciados y demás documentos debidamente  auditados
· Publicitar la concesión de la ayuda según lo establecido en las bases reguladoras

En todo caso, todas las obligaciones estarán establecidas expresamente en la resolución de concesión de la ayuda.

Más información: Artículo 19 de las Bases.

 

¿Puedo modificar mi proyecto una vez concedida la ayuda?

Sí. Puedes solicitar por escrito la modificación del proyecto una vez dictada la resolución de concesión y antes de que finalice el plazo para la realización del proyecto. 

Agader podrá autorizar dicha modificación, siempre que no se desvirtúe la finalidad para la que fue concedida, que no se incremente el presupuesto, y que no cause perjuicio a terceros.

 

¿Por qué causa estaría obligado a devolver la totalidad o parte de la subvención? ¿En qué casos se puede efectuar un reintegro de la subvención concedida?

En caso de que derivado del análisis de la solicitud de pago se detecte que un incumplimiento alcanza al compromiso de creación de empleo o a cualquier otro compromiso derivado de la aplicación de los criterios de selección al proyecto, estos incumplimientos podrán suponer la tramitación de un expediente de pérdida del derecho al cobro de la subvención y el reintegro parcial o total de la ayuda percibida.

 

¿Cómo realizo la justificación de las inversiones para presentar la solicitud de pago?

· El beneficiario de las ayudas deberá presentar la justificación documental de los gastos o inversiones vinculados a la operación subvencionada dentro del plazo máximo previsto en la resolución de concesión de la ayuda
· Para estos efectos, el beneficiario presentará en el registro del  GDR la solicitud de pago, según el modelo normalizado (anexo  XI) que estará a disposición de los interesados en la sede del GDR. En el supuesto de que el beneficiario sea el GDR, la solicitud de pago se dirigirá directamente a Agader

La presentación de la solicitud de pago, así como, si es el caso, la remisión de la  documentación complementaria, se realizará en los mismos términos que se establecen en el artículo 9 de las bases reguladoras.

Más información: Artículo 24 de las Bases.

 

¿Puedo solicitar una ayuda para gastos o inversiones que ya están iniciadas en el momento de la solicitud?

No, en ningún caso. El equipo gestor del GDR comprobará que en el momento de la solicitud no se tengan iniciadas las correspondientes obras o inversiones para las que se va a tramitar la ayuda.

 

Si mi proyecto está relacionado con la actividad turística, ¿qué tengo que hacer?

Además de la tramitación común a todos los expedientes, el promotor deberá presentar una memoria descriptiva del proyecto, acompañada de sus planos, en el Área Provincial de Turismo para la obtención del correspondiente informe previo.

Junto al resto de documentación, deberá adjuntar también información urbanística de la parcela o del inmueble para lo cual se solicita la ayuda, acudiendo al ayuntamiento.

 

¿Pueden subvencionarse fases de un proyecto?

No. Los proyectos tienen que ser finalistas, y en la fecha de la justificación las inversiones tendrán que cumplir con los objetivos previstos en la solicitud de la ayuda.